Tesorería vs SAT en Nuevo León 2026: Dónde Pagar Impuestos

Aviso editorial: Contenido informativo sobre a qué autoridad corresponde cada trámite fiscal en Nuevo León. No sustituye asesoría contable ni fiscal profesional. Verifica siempre montos, plazos y requisitos vigentes directamente en el portal oficial del SAT, del Gobierno del Estado o de tu municipio antes de realizar cualquier pago.

Asistencia de IA: Texto elaborado con apoyo de herramientas de IA y revisión editorial humana, a partir de fuentes oficiales y periodísticas verificadas. Datos con corte agosto 2026.

Revisión editorial: Iovanny Olguín Ávila — Ing. en Sistemas Computacionales, Maestría en Ciencias de la Computación; +10 años en e-commerce y desarrollo web. Bio del autor →

Una de las confusiones más comunes al hablar de “impuestos” en Nuevo León es asumir que todos se pagan en el mismo lugar. No es así: en México existen tres niveles de autoridad fiscal —federal, estatal y municipal— y cada uno cobra contribuciones distintas. El error más costoso es con el predial: no lo cobra el SAT ni la Tesorería del Estado, sino la Tesorería Municipal de cada uno de los 51 municipios de Nuevo León. Esta guía compara los tres niveles con datos verificados, para que sepas exactamente a quién le corresponde cada trámite antes de hacer una fila —o un pago— equivocado.

Respuesta directa: El SAT cobra impuestos federales (ISR, IVA); la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado cobra el Impuesto Sobre Nóminas (ISN, 3%) y otras contribuciones estatales; y la Tesorería Municipal de tu ayuntamiento cobra el predial. Ve directo a la tabla comparativa de los tres niveles para el panorama completo, o a cómo y dónde pagar el predial si es tu duda principal.

Tabla de contenidos

Los tres niveles de autoridad fiscal en México (y en Nuevo León)

El sistema fiscal mexicano se organiza en tres niveles de gobierno, y cada uno tiene su propia autoridad recaudadora, sus propias leyes y sus propios plazos. Ninguna de las tres puede cobrar la contribución de otra: el SAT no cobra predial, la Tesorería Municipal no cobra IVA, y la Tesorería del Estado no cobra ISR.

ContribuciónAutoridad que la cobraNivelBase legalDónde se paga
ISR (Impuesto Sobre la Renta)SATFederalLey del Impuesto Sobre la RentaPortal del SAT / bancos autorizados
IVA (Impuesto al Valor Agregado)SATFederalLey del Impuesto al Valor AgregadoPortal del SAT / bancos autorizados
IEPS (bebidas, tabaco, gasolina, entre otros)SATFederalLey del IEPSPortal del SAT
Impuesto Sobre Nóminas (ISN)Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (SFyTGE)EstatalLey de Hacienda del Estado de Nuevo León, arts. 154-159Oficina Recaudadora estatal o medios electrónicos autorizados
Impuesto sobre loterías, rifas y sorteosSFyTGEEstatalLey de Hacienda del Estado de Nuevo LeónOficina Recaudadora estatal
PredialTesorería Municipal de cada ayuntamientoMunicipalLey de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, arts. 21 Bis-9 a 21 Bis-17Tesorería Municipal, portal del municipio o Tesorería Virtual estatal (solo municipios con convenio)
Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI)Tesorería MunicipalMunicipalLey de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo LeónTesorería Municipal, previo a la inscripción en el Registro Público de la Propiedad
💡 Regla práctica para no confundirte
Si el trámite tiene que ver con tu propiedad (una casa, un terreno, un local), es municipal. Si tiene que ver con pagar sueldos como empresa dentro de Nuevo León, es estatal (ISN). Si tiene que ver con tus ingresos, ventas o consumo a nivel nacional, es federal y lo administra el SAT.

La razón de que existan tres autoridades fiscales separadas no es administrativa ni arbitraria: responde a la organización constitucional de México. El artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de los mexicanos de contribuir a los gastos públicos, tanto de la Federación como del estado y del municipio en que residan. Cada nivel de gobierno tiene su propia ley hacendaria, aplicable únicamente dentro de su ámbito de competencia.

NivelLey aplicableÁmbito territorialEjemplo de contribución
FederalLey del Impuesto Sobre la Renta, Ley del IVA, Ley del IEPS, Código Fiscal de la FederaciónTodo el territorio nacional, sin excepciónISR, IVA, IEPS
Estatal (Nuevo León)Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, Código Fiscal del Estado de Nuevo LeónSolo dentro del territorio de Nuevo LeónISN, impuesto sobre loterías y sorteos
Municipal (cada uno de los 51 municipios)Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, Ley de Ingresos de cada municipioSolo dentro del municipio correspondientePredial, ISAI, derechos por servicios municipales

Una consecuencia práctica de esta separación: los porcentajes de descuento del predial varían de un municipio a otro —Monterrey, San Pedro y General Zuazua no tienen que ofrecer el mismo descuento ni el mismo calendario, porque cada Ley de Ingresos municipal se aprueba de forma independiente cada año por su propio Cabildo. En cambio, la tasa del ISN es una sola para todo el estado, porque la aprueba el Congreso de Nuevo León en una sola ley aplicable a los 51 municipios por igual.

💡 Participaciones federales: por qué el estado y los municipios también reciben dinero del SAT
Aunque el SAT no comparte autoridad para cobrar impuestos estatales o municipales, la Ley de Coordinación Fiscal establece que una parte de lo recaudado a nivel federal se redistribuye a los estados y municipios como “participaciones”. Esto explica por qué, aunque el predial y el ISN se paguen en autoridades distintas al SAT, el desempeño de la recaudación federal también afecta indirectamente al presupuesto estatal y municipal de Nuevo León.

Predial: por qué no lo cobra ni el SAT ni la Tesorería estatal

El predial es, por volumen de consultas, el trámite fiscal más buscado en Nuevo León —y el que más se asocia erróneamente con “la Tesorería” del estado o incluso con el SAT. La Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León es explícita: el impuesto predial deberá pagarse ante la Tesorería Municipal correspondiente, o en la oficina recaudadora que esa Tesorería determine.

⚠️ Confusión frecuente: “Tesorería Virtual” no significa que el predial sea estatal
El Gobierno del Estado opera un portal llamado Tesorería Virtual (egobierno.nl.gob.mx) que permite pagar el predial en línea para los municipios que tienen un convenio de colaboración con el estado. Es solo un canal de pago compartido: la obligación legal, la determinación del monto y el destino de los recursos siguen siendo 100% municipales. Si tu expediente catastral no aparece en ese portal, tu municipio no tiene ese convenio y debes pagar directamente en el sitio o las oficinas de tu ayuntamiento.

Paso a paso para pagar el predial

  1. Localiza tu expediente catastral (clave con formato Región-Manzana-Lote, de 8 a 10 dígitos), disponible en un recibo de pago anterior o en la escritura del inmueble.
  2. Identifica el portal de tu municipio —cada ayuntamiento tiene su propio sitio de trámites (por ejemplo, tramites.sanpedro.gob.mx, o el portal de Monterrey, Guadalupe, San Nicolás, etc.)— o verifica si aparece en Tesorería Virtual del estado.
  3. Consulta tu adeudo capturando el expediente catastral: el sistema muestra el monto base, descuentos vigentes y recargos, si los hay.
  4. Aplica el descuento por pago anticipado si corresponde (ver tabla más abajo): la mayoría de los municipios ofrece su mayor descuento en enero.
  5. Paga en línea con tarjeta, en bancos autorizados, en Oxxo (según el municipio) o de forma presencial en el módulo de tu ayuntamiento.
  6. Descarga o solicita tu comprobante; si necesitas factura, debes solicitarla directamente a tu municipio con el recibo de pago como respaldo.

Descuentos por pago anticipado 2026, por municipio

MunicipioDescuento eneroDescuento febreroDescuento marzoCanal de pago
Monterrey20%10%5%Portal municipal, bancos, delegaciones
San Pedro Garza GarcíaDescuento por pago anual anticipado (ene-feb)Vigente hasta febrero—tramites.sanpedro.gob.mx, presencial
General EscobedoDescuento vigente solo en enero——Centros de atención, bancos, Oxxo, portal
ApodacaDescuento por anticipaciónVigente—Módulos municipales, bancos, portal
SantiagoDescuento del 1er período (2 ene – 5 feb)Vigente hasta 5 de marzo—Portal municipal
General Zuazua15%10%—5 módulos de atención municipal

Nota: los porcentajes y ventanas de descuento se ajustan cada año conforme a la Ley de Ingresos de cada municipio; confirma el porcentaje exacto vigente en el portal de tu ayuntamiento antes de pagar, ya que estos datos corresponden a la campaña de descuentos reportada para el ejercicio fiscal 2026.

Cómo se determina el valor catastral (la base del predial)

El monto del predial no se fija de forma arbitraria: se calcula aplicando una tarifa sobre el valor catastral del inmueble, un valor administrativo determinado por las autoridades catastrales —normalmente vinculadas al municipio o a una dirección estatal de catastro—, que no siempre coincide con el valor comercial o de mercado de la propiedad.

  • Valor catastral: el que usa la autoridad fiscal para calcular el predial; suele actualizarse con menor frecuencia que el mercado inmobiliario.
  • Valor comercial: el que determinaría un avalúo de mercado o una operación de compraventa real; normalmente más alto que el catastral.
  • Expediente catastral: la clave (formato Región-Manzana-Lote) que identifica de forma única cada predio dentro del sistema catastral municipal.
⚠️ Un valor catastral desactualizado no significa que puedas ignorar el predial
Si tu valor catastral no refleja mejoras recientes en tu propiedad (una construcción nueva, una ampliación), es tu responsabilidad notificarlo al municipio para su actualización. Omitirlo no exime del pago del predial: solo retrasa el ajuste, y cuando el municipio detecte la diferencia puede aplicar el cobro retroactivo correspondiente.

El artículo 21 Bis-17 de la Ley de Hacienda para los Municipios es explícito en un punto que evita otra confusión común: los documentos para el pago del predial que expida la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (por ejemplo, a través de la Tesorería Virtual) solo tienen efectos respecto de este mismo impuesto —es decir, no sustituyen ni acreditan ningún otro trámite catastral o de propiedad ante el municipio.

Impuesto Sobre Nóminas (ISN): la contribución estatal que sí administra la Tesorería

El ISN es la principal contribución estatal vinculada a tener empleados en Nuevo León, y es distinto tanto del predial (municipal) como de las retenciones de ISR sobre sueldos (federal, ante el SAT). Lo administra la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (SFyTGE), la misma dependencia cuya sede central documenta este cluster (ficha de la sede en Monterrey).

ElementoDetalleBase legal
Tasa vigente 20263% sobre el monto total de remuneraciones al trabajo personalArt. 157, Ley de Hacienda del Estado de NL
Quién lo pagaPersonas físicas, morales o unidades económicas que pagan sueldos, honorarios asimilados o remuneraciones dentro del territorio del estadoArts. 154-155
Cuándo se pagaMensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente; opción trimestral (17 de abril, julio, octubre y enero) si el impuesto anual no excedió $36,000 MXNArt. 158
Aviso de inscripciónDentro del mes siguiente al inicio de actividades que generan el impuestoArt. 159
Estímulo fiscal disponibleAcreditamiento del 85% de apoyos a la creación de obras literarias o artísticas de autores nuevoleoneses, hasta $15,000,000 MXN anuales en totalArt. 159 Bis
⚠️ La tasa NO subió a 4% en 2026: verifica de dónde sacas esa cifra
El Ejecutivo del Estado propuso, en el Paquete Fiscal 2026, subir el ISN de 3% a 4% para financiar programas de seguridad pública. El Congreso de Nuevo León rechazó esa propuesta en diciembre de 2025 tras la oposición de cámaras empresariales, que advirtieron un impacto en la competitividad y el empleo formal. La tasa vigente para 2026 sigue siendo 3%, conforme al artículo 157 sin reforma posterior. Si encuentras contenido que afirme “4%” para Nuevo León en 2026, corresponde a la propuesta rechazada, no a la ley vigente.

A diferencia del predial, el ISN sí puede pagarse a través de medios electrónicos autorizados —transferencia, tarjeta, monederos electrónicos— sin necesidad de acudir en persona a una Oficina Recaudadora, según lo establece el propio artículo 158.

Qué trámites sí corresponden al SAT en Nuevo León

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad federal que recauda las contribuciones que aplican de manera uniforme en todo el país, sin importar en qué estado o municipio te encuentres. En Nuevo León no existe una versión estatal ni municipal de estos trámites.

  • ISR (Impuesto Sobre la Renta): sobre ingresos de personas físicas y morales —salarios, actividad empresarial, arrendamiento, entre otros.
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado): sobre la venta de bienes y servicios, y sobre importaciones.
  • IEPS: sobre productos específicos como gasolina, alcohol, tabaco y bebidas saborizadas.
  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes): alta obligatoria para cualquier persona o empresa que realice actividades económicas formales.
  • Factura electrónica (CFDI) y declaración anual: obligaciones de comprobación fiscal que aplican igual en Nuevo León que en cualquier otro estado.
💡 Cómo encontrar el módulo del SAT más cercano en el área metropolitana
El SAT publica un directorio oficial de oficinas y módulos de atención que se actualiza de forma periódica. En lugar de listar direcciones que pueden cambiar sin previo aviso, confirma siempre el módulo más cercano y si requiere cita previa directamente en ese directorio antes de trasladarte.

La relación entre el SAT y la Tesorería estatal no es de competencia, sino de complementariedad: una empresa en Nuevo León declara y paga ISR e IVA al SAT por sus ingresos y ventas, y de forma independiente declara y paga el ISN a la SFyTGE por tener empleados dentro del territorio del estado. Ambas obligaciones coexisten y ninguna sustituye a la otra.

Regímenes fiscales del SAT más comunes para negocios en Nuevo León

Además de identificar que el SAT es la autoridad correcta para ISR e IVA, el régimen fiscal bajo el que estés inscrito determina cómo calculas y declaras esos impuestos. No es un trámite estatal ni municipal, pero conviene tenerlo claro porque suele ser la primera duda de quien está dando de alta un negocio en la ciudad.

Régimen¿Para quién?Característica principal
RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) — Personas FísicasPersonas físicas con ingresos anuales de hasta $3.5 millones MXNTasas reducidas de ISR aplicadas directamente sobre ingresos, sin deducciones complejas
RESICO — Personas MoralesEmpresas con ingresos anuales de hasta $35 millones MXNSimplifica la determinación del ISR frente al régimen general
Régimen General de Ley (Personas Morales)Empresas de cualquier tamaño, sin límite de ingresosDeterminación de ISR conforme a utilidad fiscal, con deducciones autorizadas
Régimen de Actividades Empresariales y ProfesionalesPersonas físicas con negocio propio o que prestan servicios profesionalesDeclaración de ingresos y deducciones personales de la actividad
Régimen de Incorporación Fiscal (en transición hacia RESICO)Pequeños negocios que iniciaron bajo este esquema antes de la creación de RESICOBeneficios decrecientes por años de antigüedad, en proceso de sustitución

Ninguno de estos regímenes cambia la autoridad ante la que se paga: siempre es el SAT. Lo que cambia es la forma de calcular el ISR. El régimen fiscal no tiene relación alguna con el ISN estatal: una empresa en RESICO sigue pagando el 3% de ISN a la SFyTGE por sus empleados, exactamente igual que una empresa en el régimen general.

Casos prácticos: a quién le pagas según tu situación

Caso 1 — Freelancer que presta servicios profesionales desde casa

Si trabajas de forma independiente y facturas tus servicios, tu obligación principal es con el SAT: régimen de actividades empresariales y profesionales o RESICO para personas físicas, declaración de ISR e IVA según tu actividad. Si además eres propietario de la vivienda donde trabajas, sigues pagando el predial a tu municipio, independientemente de que uses parte del inmueble para tu actividad económica. No tienes obligación de ISN porque ese impuesto solo aplica cuando pagas remuneraciones a trabajadores subordinados, no por tu propio trabajo independiente.

Caso 2 — Pequeña empresa con 8 empleados en Monterrey

Tienes obligaciones en los tres niveles simultáneamente: ISR e IVA ante el SAT por tus ingresos y ventas; ISN ante la SFyTGE por los sueldos que pagas a tus 8 empleados (3% sobre el total de la nómina, pagadero a más tardar el día 17 del mes siguiente); y predial ante la Tesorería Municipal de Monterrey si eres propietario del local donde opera tu negocio.

Caso 3 — Persona que acaba de comprar una casa en Nuevo León

Antes de inscribir la operación en el Registro Público de la Propiedad, debes pagar el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) ante la Tesorería Municipal correspondiente al municipio donde está ubicada la propiedad. A partir de ese momento, también serás responsable del predial anual de esa propiedad, también ante la Tesorería Municipal —no ante la Tesorería estatal ni el SAT.

Caso 4 — Empresa con sucursales en Monterrey y en otro estado

Para efectos del ISN de Nuevo León, solo se grava la nómina correspondiente al personal que presta servicios dentro del territorio del estado. Si tu matriz está fuera de Nuevo León, la Ley de Hacienda del Estado exige que inscribas una de tus sucursales dentro del territorio estatal para efectos del pago del impuesto correspondiente a esa operación local, con aviso de apertura o cierre de sucursales ante la SFyTGE.

Caso 5 — Persona física que renta un departamento como ingreso adicional

El ingreso por arrendamiento se declara ante el SAT como ISR por arrendamiento de inmuebles, con la opción de deducciones autorizadas o una deducción ciega del 35%, según el régimen elegido. El predial del departamento arrendado sigue siendo responsabilidad del propietario ante la Tesorería Municipal, y no se traslada al SAT ni al inquilino, salvo que así se acuerde de forma privada entre las partes en el contrato de arrendamiento —lo cual no cambia quién es responsable legal ante la autoridad fiscal.

Caso 5b — Empresa que se muda de otro estado a Nuevo León

Si trasladas la operación de tu empresa a Nuevo León, debes presentar el aviso de inscripción ante la SFyTGE dentro del mes siguiente a que inicies actividades que generen el pago de remuneraciones dentro del territorio estatal, independientemente de que tu empresa ya esté inscrita en el SAT desde antes en otro estado. El RFC ante el SAT es nacional y no cambia por mudarte de estado, pero el Registro Estatal de Contribuyentes de Nuevo León para efectos de ISN es un registro distinto que debes tramitar de forma independiente en cuanto tengas empleados trabajando dentro del estado.

Caso 6 — Comercio que gana un premio o realiza una rifa promocional

Este es uno de los casos menos conocidos: los sorteos, rifas y loterías están sujetos a un impuesto estatal conforme a la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León —no federal ni municipal—, por lo que la empresa organizadora debe declarar y pagar esta contribución ante la SFyTGE, además de sus obligaciones normales de ISR e IVA ante el SAT por la actividad comercial general.

Multas y recargos: qué pasa si pagas tarde en cada nivel

NivelConsecuencia de pago tardíoBase legal / fuente
Federal (SAT)Recargos mensuales sobre el impuesto omitido, más actualización por inflación; en casos graves, multas adicionales o auditoríaCódigo Fiscal de la Federación
Estatal (ISN)Recargos conforme al Código Fiscal del Estado de Nuevo León sobre el monto no pagado a tiempoCódigo Fiscal del Estado de Nuevo León, aplicable de forma supletoria a la Ley de Hacienda del Estado
Municipal (predial)Pérdida del descuento por pago anticipado y recargos calculados desde la fecha límite de cada bimestre o del pago anualLey de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y Ley de Ingresos de cada municipio

En los tres niveles, el patrón es el mismo: cuanto más tiempo pase sin pagar, mayor es el recargo acumulado, porque se calcula sobre el periodo transcurrido, no como una penalización fija. Regularizar un adeudo antiguo casi siempre cuesta más que pagarlo a tiempo, sin importar si es un adeudo federal, estatal o municipal.

💡 Los programas de condonación de recargos no son permanentes
Algunos municipios y el propio SAT lanzan, de forma ocasional, programas temporales de condonación parcial de recargos para incentivar la regularización de adeudos antiguos. Estos programas tienen fecha de inicio y fin definidas en la convocatoria correspondiente; no son un beneficio permanente ni automático. Si tienes un adeudo atrasado, conviene revisar si existe un programa vigente antes de liquidarlo con los recargos completos.

Calendario fiscal combinado: qué vence cuándo

Una de las mayores fuentes de confusión es tener tres calendarios distintos corriendo al mismo tiempo. Esta tabla combina los vencimientos más comunes de los tres niveles a lo largo del año, para que puedas planear tus pagos sin cruzar fechas.

PeriodoVencimiento estatal (ISN)Vencimiento municipal (predial)Vencimiento federal (SAT, ejemplo)
EneroISN de diciembre, día 17Mayor descuento del año por pago anual anticipado en la mayoría de los municipiosDeclaración anual de personas físicas (todo el mes de abril, no enero)
FebreroISN de enero, día 17Segundo tramo de descuento en varios municipios (por ejemplo, 10% en Monterrey)—
MarzoISN de febrero, día 17Último tramo de descuento en algunos municipios (por ejemplo, 5% en Monterrey)Declaración anual de personas morales
AbrilISN de marzo, día 17 (o pago trimestral si se optó por esa modalidad)Pago sin descuento; recargos si ya venció el bimestre correspondienteDeclaración anual de personas físicas, fecha límite fin de abril
Bimestral (feb, abr, jun, ago, oct, dic)—Pago bimestral ordinario del predial en la mayoría de los municipios, primeros 5 días del bimestre—
Mensual (cada mes)ISN, día 17 del mes siguiente—Pagos provisionales de ISR e IVA, según régimen fiscal
⚠️ Este calendario es orientativo, no sustituye el calendario oficial de cada autoridad
Los días exactos de vencimiento del SAT dependen de tu RFC y régimen fiscal (terminación del RFC, día hábil siguiente si el vencimiento cae en fin de semana, entre otros factores). Los descuentos y bimestres del predial los define cada municipio en su Ley de Ingresos anual. Usa esta tabla como mapa general y confirma la fecha exacta en el portal oficial correspondiente antes de programar un pago.

Ejemplo de cálculo orientativo (MXN): cuánto paga una empresa a cada nivel

Nota: cifras orientativas con fines ilustrativos, basadas en las tasas oficiales vigentes; no constituyen una determinación fiscal real, que depende de deducciones, régimen fiscal y circunstancias específicas de cada contribuyente.

Supongamos una pequeña empresa en Monterrey con nómina mensual de $500,000 MXN, ventas mensuales gravadas de $800,000 MXN, y que es propietaria de su local comercial con un valor catastral que genera un predial anual de $12,000 MXN.

NivelContribuciónCálculoMonto aproximadoAutoridad
EstatalISN$500,000 × 3%$15,000 MXN/mesSFyTGE
FederalIVA (a cargo, simplificado)$800,000 × 16%$128,000 MXN/mes (antes de acreditamientos)SAT
FederalISR (estimado, régimen general, simplificado)Variable según utilidad fiscal, tasa hasta 30% sobre utilidadDepende de la utilidad real del periodoSAT
MunicipalPredial$12,000 anual ÷ 12$1,000 MXN/mes equivalente (pago real es anual o bimestral)Tesorería Municipal

El punto clave de este ejercicio no es el monto total, sino que se pagan a tres autoridades distintas, con tres declaraciones distintas y tres plazos distintos: el ISN se paga a la SFyTGE antes del día 17 del mes siguiente; el IVA e ISR se declaran al SAT conforme al calendario fiscal federal; y el predial se paga a la Tesorería Municipal, normalmente de forma anual o bimestral, no mensual.

💡 Aprovecha los descuentos por anticipación en cada nivel
Tanto el predial municipal (hasta 20% de descuento en enero en algunos municipios) como ciertos trámites estatales ofrecen ventajas por pago anticipado o puntual. Revisar el calendario de cada autoridad al inicio del año fiscal puede representar un ahorro real frente a pagar cada contribución en la fecha límite.

En qué se usa lo que recaudan la Tesorería y el SAT

Entender a quién le pagas también ayuda a entender para qué se usa ese dinero, porque cada nivel de gobierno destina su recaudación a responsabilidades distintas conforme a la división de competencias constitucionales.

  • Recaudación federal (SAT): financia programas y servicios de alcance nacional —salud federal, infraestructura carretera nacional, seguridad federal, entre otros—, y una parte se redistribuye a estados y municipios vía participaciones y aportaciones federales conforme a la Ley de Coordinación Fiscal.
  • Recaudación estatal (incluye el ISN): el Paquete Fiscal 2026 de Nuevo León documentó explícitamente que un eventual incremento al ISN se destinaría a programas y proyectos de seguridad pública, con hasta 10% de lo recaudado en el incremento disponible para que los municipios accedan a esos recursos. Aunque esa propuesta de incremento fue rechazada, ilustra cómo se etiqueta el uso de la recaudación estatal en la práctica.
  • Recaudación municipal (incluye el predial): financia servicios directos del ayuntamiento —alumbrado público, recolección de basura, mantenimiento de vialidades, seguridad pública municipal— y es, para la mayoría de los municipios de Nuevo León, una de las fuentes de ingresos propios más importantes, a diferencia de las participaciones que reciben de la federación y el estado.
💡 Por qué algunos municipios ofrecen descuentos tan altos en el predial
Los descuentos de hasta 20% por pago anticipado no son solo un gesto hacia el contribuyente: para los ayuntamientos, cobrar el predial de forma anticipada y en una sola exhibición mejora su flujo de efectivo al inicio del año fiscal, cuando muchos gastos operativos ya están comprometidos. Es una estrategia de recaudación, no una promoción comercial.

RFC, CURP y trámites de identidad: cómo se conectan con lo fiscal

El RFC (Registro Federal de Contribuyentes) que exige el SAT no es lo mismo que la CURP (Clave Única de Registro de Población) que se genera al momento de registrar un nacimiento —trámite que este mismo cluster documenta en su guía de acta de nacimiento en Nuevo León—, pero están relacionados: el RFC de una persona física se construye, en parte, a partir de los mismos datos de identidad (nombre completo, fecha de nacimiento) que constan en el acta de nacimiento.

Documento/claveAutoridad que lo emite¿Para qué sirve?
CURPRegistro Nacional de Población (RENAPO), generada en el registro de nacimientoIdentificación única ante cualquier trámite de gobierno, incluidos los fiscales
RFCSATIdentificación única ante la autoridad fiscal federal; obligatorio para actividades económicas formales
Acta de nacimientoRegistro Civil estatal (Nuevo León)Documento de identidad base a partir del cual se genera la CURP y, después, se puede tramitar el RFC

En la práctica, esto significa que si tienes un error en tu acta de nacimiento —un nombre mal escrito, una fecha incorrecta— ese error puede propagarse a tu CURP y, después, a tu RFC. Si detectas una inconsistencia entre tus documentos fiscales y tu identidad civil, la guía completa del Registro Civil en Nuevo León de este cluster explica el trámite de aclaración de actas que resuelve el problema en la raíz, antes de que afecte tus trámites ante el SAT.

Tabla resumen: a quién le pago qué

Si tu duda es sobre…Autoridad correctaNO es correcto pagarlo en…
El predial de tu casa o negocioTesorería Municipal de tu ayuntamientoSAT, Tesorería estatal (salvo portal de convenio)
La nómina de tus empleados (ISN)Secretaría de Finanzas y Tesorería General del EstadoSAT, tu municipio
El IVA de tus ventasSATTesorería estatal o municipal
El ISR de tus ingresosSATTesorería estatal o municipal
La compra de un inmueble (ISAI)Tesorería MunicipalSAT, Tesorería estatal
Tu RFC o factura electrónicaSATCualquier oficina estatal o municipal
Un permiso de construcción o uso de sueloTu municipio (dependencia de Desarrollo Urbano, no la Tesorería fiscal)SAT, Tesorería estatal

Errores frecuentes al confundir los tres niveles

ErrorConsecuencia típicaCómo evitarlo
Intentar pagar el predial en una oficina del SAT o de la Tesorería estatalTrámite rechazado; pérdida de tiempo y de la ventana de descuento por anticipaciónConfirmar primero que el predial se paga exclusivamente en la Tesorería Municipal o su portal
Asumir que la Tesorería Virtual del estado significa que el predial es estatalConfusión sobre a quién reclamar o solicitar facturaRecordar que es solo un canal de pago para municipios con convenio; la obligación sigue siendo municipal
No inscribirse como retenedor del ISN al contratar personalRecargos y posibles multas por omisión de la obligación fiscal estatalPresentar el aviso de inscripción ante la SFyTGE dentro del mes siguiente al inicio de actividades
Creer que el ISN subió a 4% en 2026Cálculo incorrecto de la carga fiscal, sobrepago o mala planeación financieraVerificar la tasa vigente directamente en el artículo 157 de la Ley de Hacienda del Estado, sin reforma posterior al rechazo de diciembre 2025
Pagar el ISN fuera del plazo (día 17) por confundirlo con el calendario del SATRecargos por pago tardío conforme al Código Fiscal del EstadoAgendar el pago del ISN de forma independiente al calendario fiscal federal
Buscar el predial en el directorio de dependencias estatales en lugar del sitio del municipioNo encontrar información o encontrar datos desactualizados de terceros no oficialesIr directo al portal de trámites de tu ayuntamiento específico

Dónde ubicar cada autoridad en el área metropolitana

La sede central de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado en Monterrey es el punto de referencia para trámites estatales como el ISN. Si tu necesidad es de identidad civil —actas de nacimiento, matrimonio o defunción— y no fiscal, estas oficialías del Registro Civil (parte del mismo cluster de gobierno estatal, aunque de una dependencia distinta) están en los municipios más consultados:

💡 Si además necesitas resolver un trámite de identidad civil
El directorio completo de oficialías del Registro Civil en Nuevo León de este mismo cluster documenta las 15 sedes principales con dirección, teléfono y horario verificados, independientemente de tu trámite fiscal.

Para trámites financieros de otro tipo en Monterrey —como servicios de ahorro o crédito, no fiscales—, consulta también la ficha de servicios financieros en Monterrey.

Trámites de identidad: guías relacionadas del cluster

Esta comparativa fiscal es parte de un cluster de contenido sobre gobierno y trámites ciudadanos en Nuevo León. Si tu necesidad es de identidad civil y no fiscal, estas dos guías te corresponden:

Checklist según tu situación fiscal

Si tienes una propiedad en Nuevo León

  • ☐ Localizar el expediente catastral
  • ☐ Verificar el portal de trámites de tu municipio específico
  • ☐ Confirmar si tu municipio tiene convenio con la Tesorería Virtual estatal
  • ☐ Revisar la ventana de descuento por pago anticipado (normalmente mayor en enero)

Si tienes empleados en Nuevo León

  • ☐ Presentar el aviso de inscripción como retenedor del ISN ante la SFyTGE
  • ☐ Calcular el 3% sobre el total de remuneraciones pagadas
  • ☐ Verificar si califica para el pago trimestral (impuesto anual menor a $36,000 MXN)
  • ☐ Pagar a más tardar el día 17 del mes siguiente

Si tienes ingresos o ventas como negocio

  • ☐ Contar con RFC vigente ante el SAT
  • ☐ Confirmar tu régimen fiscal (RESICO, general, actividades empresariales) antes de facturar
  • ☐ Emitir factura electrónica (CFDI) por cada venta
  • ☐ Declarar y pagar IVA e ISR conforme al calendario fiscal federal
  • ☐ Confirmar el módulo del SAT más cercano en el directorio oficial si necesitas trámite presencial

Si acabas de comprar o vas a comprar una propiedad

  • ☐ Calcular y pagar el ISAI ante la Tesorería Municipal antes de inscribir la operación
  • ☐ Verificar que el valor catastral quede correctamente actualizado tras la compra
  • ☐ Dar aviso al municipio si hicieron mejoras o construcciones que cambien el valor catastral
  • ☐ Registrar la fecha de tu primer pago de predial como propietario para no perder el descuento del año siguiente

Glosario fiscal

TérminoDefinición operativa
SATServicio de Administración Tributaria; autoridad fiscal federal
SFyTGESecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León; autoridad fiscal estatal
Tesorería MunicipalDependencia de cada ayuntamiento responsable de cobrar contribuciones municipales como el predial
ISNImpuesto Sobre Nóminas; contribución estatal del 3% sobre remuneraciones pagadas por patrones
PredialContribución municipal anual sobre la propiedad de un inmueble
ISAIImpuesto Sobre Adquisición de Inmuebles; contribución municipal al comprar una propiedad
Expediente catastralClave única (Región-Manzana-Lote) que identifica un inmueble para efectos de predial
Tesorería VirtualPortal estatal de pago de predial en línea, solo para municipios con convenio de colaboración
CFDIComprobante Fiscal Digital por Internet; la factura electrónica exigida por el SAT
RESICORégimen Simplificado de Confianza; esquema de tributación ante el SAT con tasas reducidas para ingresos menores a los topes establecidos
Participaciones federalesRecursos que la Federación redistribuye a estados y municipios conforme a la Ley de Coordinación Fiscal
Oficina RecaudadoraInstancia de la SFyTGE ante la que se presentan declaraciones y pagos de contribuciones estatales como el ISN
CabildoÓrgano de gobierno municipal que aprueba, entre otras normas, la Ley de Ingresos anual de cada ayuntamiento, incluidos los descuentos de predial

Preguntas frecuentes sobre Tesorería y SAT en Nuevo León

¿El predial se paga en el SAT?

No. El predial es una contribución municipal que se paga ante la Tesorería Municipal de tu ayuntamiento, conforme a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León. El SAT es la autoridad federal y no tiene competencia sobre el predial en ningún estado del país.

¿Cuál es la tasa del Impuesto Sobre Nóminas en Nuevo León en 2026?

3%, conforme al artículo 157 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León. El Ejecutivo estatal propuso subirla a 4% en el Paquete Fiscal 2026, pero el Congreso local rechazó esa propuesta en diciembre de 2025, por lo que la tasa vigente permanece en 3%.

¿Qué es la Tesorería Virtual del Gobierno del Estado?

Es un portal en línea (egobierno.nl.gob.mx) que permite pagar el predial de los municipios que tienen un convenio de colaboración con el Gobierno del Estado. No cambia la naturaleza municipal del impuesto: solo comparte el canal de pago digital.

¿Cuándo se paga el Impuesto Sobre Nóminas?

De forma mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Quienes no excedieron $36,000 MXN de impuesto anual en el año inmediato anterior pueden optar por el pago trimestral, a más tardar el día 17 de abril, julio, octubre y enero, previo aviso por escrito a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

¿Qué trámites corresponden al SAT en Nuevo León?

Los mismos que en cualquier otro estado del país, porque el SAT es una autoridad federal: ISR, IVA, IEPS, alta de RFC, emisión de factura electrónica (CFDI) y declaración anual. No existe una versión estatal ni municipal de estos trámites.

¿Qué pasa si pago el predial fuera del plazo?

Generalmente se pierden los descuentos por pago anticipado (que en algunos municipios de Nuevo León llegan al 20% si se paga en enero) y pueden aplicarse recargos conforme a la Ley de Hacienda para los Municipios y la Ley de Ingresos de tu ayuntamiento específico.

¿La Tesorería del Estado y la Tesorería Municipal son la misma autoridad?

No. La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (SFyTGE) es una dependencia estatal que administra contribuciones como el ISN. La Tesorería Municipal es una dependencia distinta dentro de cada uno de los 51 ayuntamientos de Nuevo León, responsable de contribuciones como el predial. Comparten la palabra “Tesorería” en el nombre, pero son autoridades separadas con leyes distintas.

¿Existe algún estímulo fiscal en el ISN de Nuevo León?

Sí. El artículo 159 Bis de la Ley de Hacienda del Estado permite acreditar contra el ISN hasta el 85% de los apoyos otorgados para la creación de obras literarias o artísticas de autores nuevoleoneses, con un tope anual de $15,000,000 MXN para el estímulo en su conjunto.

¿Cómo sé si mi municipio tiene descuento por pago anticipado de predial?

Consulta directamente el portal de trámites de tu ayuntamiento en enero, que es cuando la mayoría de los municipios de Nuevo León —incluidos Monterrey, San Pedro Garza García y General Zuazua— ofrecen su mayor porcentaje de descuento del año.

¿Necesito ir en persona a pagar el ISN o el predial?

El ISN puede pagarse por medios electrónicos autorizados —transferencia, tarjeta, monederos electrónicos— sin acudir en persona, según el artículo 158 de la Ley de Hacienda del Estado. El predial también puede pagarse en línea en la mayoría de los municipios metropolitanos, a través de su propio portal o de la Tesorería Virtual estatal si tu municipio tiene convenio.

¿El RFC y la CURP son lo mismo?

No. La CURP la genera el Registro Civil estatal al momento de inscribir un nacimiento y sirve como identificador único ante cualquier trámite de gobierno. El RFC lo asigna el SAT específicamente para efectos fiscales federales, y aunque se construye a partir de datos de identidad similares (nombre, fecha de nacimiento), es un registro administrativo distinto, con una autoridad emisora distinta y un propósito distinto.

¿Qué pasa si mi municipio no tiene convenio con la Tesorería Virtual del estado?

Debes pagar el predial directamente en el portal de trámites de tu municipio o de forma presencial en sus oficinas, ya que el portal estatal solo procesa el pago de los municipios con convenio de colaboración vigente. Consulta directamente en el sitio de tu ayuntamiento si no encuentras tu expediente catastral en el portal estatal.

¿Una empresa puede pagar el ISN de forma trimestral en lugar de mensual?

Sí, si en el año inmediato anterior el monto anual del impuesto no excedió $36,000 MXN. En ese caso, puede optar por el pago trimestral —a más tardar el día 17 de abril, julio, octubre y enero—, pero debe presentar previamente un aviso por escrito ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado manifestando esa elección respecto del trimestre siguiente a la presentación del aviso.

¿Puedo pagar el predial de varios años atrasados de una sola vez?

Sí, la mayoría de los municipios de Nuevo León permiten liquidar adeudos de años anteriores en un solo pago, pero normalmente sin los descuentos por pago anticipado que solo aplican al ejercicio fiscal en curso, y con los recargos correspondientes a cada periodo vencido. Consulta tu adeudo completo en el portal de tu municipio antes de acudir, para llevar el monto exacto y evitar una segunda visita.

¿Dónde reporto un error en la información de esta comparativa?

Escribe a contacto citando la fuente oficial (Ley de Hacienda del Estado, Ley de Hacienda Municipal, o el portal .gob.mx correspondiente) que respalde la corrección.

Fuentes oficiales e institucionales

Consultadas en agosto de 2026 para la redacción de esta comparativa:

Explora también: Registro Civil en Nuevo León 2026: Directorio de Oficialías · Acta de Nacimiento en Nuevo León 2026

Actualización editorial

Este artículo se revisa periódicamente contra el Paquete Fiscal anual del estado y las leyes de ingresos municipales, ya que tasas, descuentos y plazos pueden cambiar cada ejercicio fiscal. Última revisión de contenido: agosto de 2026. Si detectas un dato desactualizado, repórtalo a través de contacto citando la fuente oficial vigente para su corrección documentada.

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